¿Quién paga la reparación si alguien pinta la fachada de mi comunidad de vecinos?

Carlos Calderón · 16 Sep 2022

Cuando aparecen pintadas en la fachada de la comunidad de vecinos, lo normal es que la comunidad asuma el coste de limpiar o repintar porque la fachada suele ser un elemento común. Si después se identifica al responsable, la comunidad puede reclamarle el importe y, en su caso, los daños añadidos.

Es decir, primero se actúa para dejar la fachada en buen estado (por convivencia, imagen del edificio y, a veces, por exigencias municipales) y luego se persigue el cobro si hay un autor identificable o si tu póliza cubre actos vandálicos.

¿Quién paga las pintadas en la fachada de la comunidad de vecinos?

En la mayoría de comunidades, la fachada (incluidos revestimientos exteriores) forma parte de los elementos comunes, así que los gastos ligados a su reparación o limpieza se afrontan como gasto comunitario y se reparten según la cuota de participación.

En la práctica, se suele dar uno de estos escenarios:

  • Autor desconocido: paga la comunidad.
  • Autor identificado (y demostrable): paga el autor, pero normalmente primero paga la comunidad y luego reclama.
  • Seguro con cobertura de vandalismo/daños estéticos: puede pagar la aseguradora, según condiciones, límites y franquicia.

¿Por qué suele pagar la comunidad?

La razón no es “porque sí”, sino porque en propiedad horizontal tu vivienda es privativa, pero el edificio tiene una parte que es de todos. La fachada, por norma general, entra dentro de esos elementos comunes. Por eso, cuando hay pintadas en la fachada comunidad de vecinos, se trata como un problema del inmueble, no de un propietario aislado.

Además, la cuota de participación existe precisamente para repartir cargas y beneficios de lo común. En otras palabras, si el daño está en un elemento común, la regla habitual es que el gasto se distribuye conforme a esa cuota, salvo que el título constitutivo o un acuerdo válido establezcan algo distinto.

¿Cambia algo si tienes seguro de comunidad?

Las pintadas en las fachadas tienen la consideración de actos vandálicos y, como tal, están cubiertos por algunos seguros de comunidad de propietarios. ¿Cuáles? Aquellos en los que quienes lo contrataron decidieron incluir esta cobertura en concreto. Va a depender de las condiciones de la póliza de seguro de comunidad de propietarios el que la retirada de estas pintadas sea cubierta por la compañía aseguradora. 

De hecho, aunque los seguros de comunidad de propietarios suelen contar con una cobertura de recomposición estética, no incluyen por defecto la cobertura por actos vandálicos que es necesaria para que la reparación de los desperfectos causados por vandalismo esté cubierta.

Si queremos contratar esta cobertura de actos vandálicos, el precio final de la póliza de seguro de comunidad de propietarios dependerá del nivel de riesgo de sufrir una pintada o cualquier otro desperfecto fruto de vandalismo en nuestra zona. A mayor riesgo de sufrir pintadas, mayor precio de la póliza de seguro de comunidad de vecinos.

En Tres Mares es donde más se nota el valor de tener una póliza bien planteada para el edificio, sobre todo si tu zona sufre episodios repetidos. Si quieres revisar opciones de seguro para comunidades orientadas a proteger elementos comunes, puedes verlo aquí.

pintadas en la fachada comunidad de vecinos

¿Qué hacer cuando aparecen pintadas en la fachada?: Guía paso a paso

Actuar rápido no solo es una cuestión estética. En muchos casos, si se deja el grafiti mucho tiempo, se complica la limpieza, se encarece y, además, puede animar a que aparezcan nuevas pintadas. Por eso interesa que tengas un guion claro que puedas ejecutar con el presidente o el administrador sin improvisar y sin perder pruebas.

1) Documenta el daño como si fueras a tener que demostrarlo

Haz fotos y vídeo con buena luz, desde lejos y en detalle. Anota fecha y hora aproximada. Si hay restos de pintura fresca, intenta reflejarlo. Este material es útil para presupuestos, para un posible parte y para una denuncia.

2) Avisa al presidente o al administrador y deja constancia

Aunque parezca “obvio”, lo importante es que quede registrado en una comunicación (correo, app del administrador o acta interna). Así se puede activar la tramitación y pedir presupuestos con una fecha clara.

3) Si hay cámaras, protege las grabaciones sin difundirlas

En comunidades con videovigilancia, el acceso a imágenes debe estar restringido y no se pueden usar como si fueran “un grupo de WhatsApp”. La autoridad de protección de datos insiste en que las cámaras deben captar zonas comunes y no la vía pública salvo una franja mínima imprescindible. También indica que las imágenes para denunciar se acompañan a la denuncia y se conservan para su posible entrega a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a juzgados cuando las requieran.

4) Valora si conviene denunciar desde el principio

Si hay testigos, cámaras o indicios claros, denunciar ayuda a dejar constancia oficial. Y si después se identifica a alguien, la denuncia refuerza la reclamación.

5) Pide presupuestos orientados a “solución” y no solo a “pintar encima”

No siempre lo mejor es repintar todo. A veces basta una limpieza profesional (según material), otras veces hay que tratar el soporte y repintar por paños. Lo importante es que el presupuesto describa el método y el alcance, para que no haya discusiones después.

6) Revisa la póliza antes de encargar el trabajo definitivo

Si existe cobertura, puede haber un circuito que te interesa seguir (comunicación del siniestro, peritación, proveedor, etc.). En seguros, los plazos y la forma importan: la ley marca deberes de comunicación del siniestro y también plazos de pago mínimo por parte de la aseguradora una vez declarado el siniestro, con matices según el caso.

7) Ejecuta la limpieza o reparación y guarda todo el expediente

Factura, presupuesto, fotos del “antes/después”, denuncia (si existe) y comunicaciones. Es lo que te permitirá reclamar, justificar un gasto comunitario y evitar que el asunto “se pierda” con el tiempo.

Si se identifica al responsable, cómo se le reclama

Aunque la comunidad haya pagado primero, si hay una persona responsable identificada, la vía habitual es reclamar el daño con base en la responsabilidad civil por causar perjuicio a otro. El Código Civil establece que quien por acción u omisión causa daño a otro, mediando culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

En la práctica, para que esto funcione necesitas dos cosas:

  • Prueba (cámaras bien instaladas, testigos, reconocimiento, parte policial).
  • Cuantificación (facturas y presupuestos coherentes con el daño).

Si quieres minimizar fricción, una primera reclamación formal suele ir acompañada del expediente completo. Y si el asunto escala, contar con apoyo en defensa jurídica te ayuda a ordenar pasos y a sostener la reclamación sin improvisar.

grafitis en la fachada comunidad de propietarios

Ayuntamientos, programas de limpieza y requerimientos

Sin prometerte “magia” (porque depende del municipio), conviene que sepas que algunos ayuntamientos tienen programas para retirar pintadas en fachadas, a veces con condiciones concretas (tipos de superficies, ubicaciones o permisos). Hay ejemplos de servicios municipales de limpieza de pintadas dirigidos a vecinos y propietarios.

Esto no cambia la regla general de quién paga, pero sí puede reducir o incluso evitar el coste si tu municipio ofrece esa cobertura y cumples requisitos. En cuanto te aparezcan grafitis en la fachada comunidad de propietarios, merece la pena comprobarlo porque es un “atajo” que mucha gente no revisa.

Preguntas frecuentes

¿La fachada siempre es elemento común?

En la práctica, casi siempre. El Código Civil incluye la fachada y revestimientos exteriores dentro de los elementos comunes del edificio. Aun así, hay casos especiales definidos por el título constitutivo o estatutos, por eso si hay una duda real conviene revisarlos con el administrador.

Si las pintadas están “justo delante” del local de un propietario, ¿pueden obligarle a pagar a él?

Si el daño está en fachada común, lo habitual es que el gasto sea comunitario y se reparta por cuota. Otra cosa es que el responsable sea ese propietario (por encargo, conducta o causa imputable). Pero “estar delante” no convierte el daño en privativo.

¿Puedo orientar una cámara hacia la calle “porque ahí pintan”?

Como regla general, no. La autoridad de protección de datos indica que las cámaras deben captar zonas comunes y no la vía pública salvo una franja mínima imprescindible para la finalidad perseguida, y recomienda medidas como máscaras de privacidad si hay zoom o cámaras orientables.

¿Qué pasa si el autor es un vecino o un inquilino del propio edificio?

Si se puede acreditar, se puede reclamar. En caso de ocupantes, normalmente se actúa contra quien corresponda según el caso, pero la base es la misma: hay un daño y una obligación de repararlo cuando hay culpa o negligencia.

¿Tengo que denunciar siempre?

No siempre es obligatorio, pero suele ser recomendable cuando hay pruebas, daños repetidos o posibilidad de identificar al autor. Si hay cámaras, la autoridad de protección de datos contempla la conservación y entrega de imágenes para denuncia cuando corresponda, y eso encaja mejor si existe un procedimiento formal.

¿Cuánto tiempo tengo para comunicar el siniestro al seguro?

La ley regula deberes de comunicación del siniestro y plazos relevantes en el proceso, aunque cada póliza puede concretar procedimientos. En general, lo prudente es comunicarlo cuanto antes y seguir el circuito que marque tu contrato para no perder opciones por una gestión tardía.

¿El seguro de hogar de un vecino puede cubrirlo en vez del seguro de comunidad?

Normalmente, si hablamos de fachada común, se gestiona desde la comunidad. Aun así, puede haber supuestos particulares y coberturas complementarias. Si te interesa cubrirte bien en tu vivienda y en tu responsabilidad como propietario, también puedes revisar un seguro de hogar adaptado a tu situación.

¿Y si el ayuntamiento ofrece un servicio de limpieza de pintadas?

Entonces puede ser una vía muy útil para reducir coste, siempre que cumplas requisitos del municipio. Hay ayuntamientos que publican programas de retirada de pintadas para vecinos o propietarios, por lo que merece la pena revisarlo en tu localidad.

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