Dar de baja en España un coche que se lleva al extranjero
Si te estás planteando dar de baja un coche para llevárselo al extranjero, lo primero es aclarar algo que suele confundir: no siempre hace falta, pero cuando el objetivo es matricularlo en otro país sí suele ser un paso imprescindible. La propia DGT explica que, si vas a trasladar tu vehículo a otro país (dentro o fuera de la UE), debes pedir la baja definitiva en España para poder matricularlo en tu nuevo país de residencia.
A partir de ahí, lo importante es encajar tu caso real (vacaciones, traslado temporal, cambio de residencia, venta…) con el tipo de baja correcta y con la logística para mover el coche sin meterte en un lío.
¿Tengo que darlo de baja sí o sí si lo llevo al extranjero?
No, no siempre. Si sales con tu coche “de viaje” y vuelves, no tiene sentido tramitar una baja. La DGT lo deja bastante claro en sus preguntas frecuentes: si te vas de vacaciones con tu vehículo, no necesitas darlo de baja.
Ahora bien, la cosa cambia cuando el plan es quedarte a vivir fuera o dejar el coche allí de forma estable. En ese escenario, lo normal es que el país de destino te exija la baja en España para completar su matriculación. En la práctica, la baja se convierte en la forma de “cerrar” la vida administrativa del coche en España para abrirla en el otro país.
Casos típicos en los que no suele hacer falta
Si vas a usar el coche de forma temporal y regresas con él, lo habitual es que no necesites tramitar nada en Tráfico. Por ejemplo, vacaciones, viajes largos, una estancia corta por trabajo o estudios (siempre que sigas cumpliendo con la normativa del país de destino sobre circulación temporal con matrícula extranjera). Aun así, conviene revisar las reglas del país al que vas, porque los plazos y requisitos pueden variar.
Casos en los que sí suele ser necesario
Si vas a cambiar tu residencia y pretendes matricularlo allí, si lo vas a vender en el extranjero o si el coche va a quedarse fuera de España de forma permanente, lo habitual es tramitar la baja por traslado. La DGT indica que ese trámite se hace para que el vehículo pueda matricularse en el país de destino.
Baja definitiva por traslado a otro país: qué opción te corresponde
Recuerda que no es lo mismo irte a un país de la UE que sacarlo fuera. La DGT agrupa este trámite como “baja por traslado a otro país” y distingue entre tránsito comunitario (dentro de la UE) y exportación (fuera de la UE).
Lo importante es que elijas bien porque cambia la tramitación, la documentación y algunos controles. Además, en ambos casos vas a necesitar conservar la documentación española porque te la pedirán para matricular el coche fuera.
Si te lo llevas a la Unión Europea: baja por tránsito comunitario
La baja por tránsito comunitario se usa cuando el coche se traslada a otro país europeo para matricularlo allí. Dentro de la UE, el plazo para matricularlo en el nuevo país se vincula a tu residencia y se menciona un mes desde que tramitas la residencia. Como cada país puede tener matices, lo más sensato es confirmarlo con la autoridad del país de destino antes de mover el coche.
Si te lo llevas fuera de la UE: baja por exportación
Cuando el destino no pertenece a la Unión Europea, la tramitación se encuadra en exportación. En este contexto, encaja de forma natural hablar de baja por exportación DGT, porque el trámite oficial se gestiona a través de la Sede Electrónica y los canales habilitados por Tráfico.
Además, si el país de destino no es UE y el coche tiene más de cuatro años desde su primera matriculación, la DGT exige ITV en vigor. Y, una vez realizada la baja, indica que el vehículo debe salir del país en 90 días o se rehabilitará de oficio.
Cómo dar de baja un coche para llevárselo al extranjero: online, app o presencial
Una vez claro el tipo de baja, la tramitación es bastante directa, pero hay varios detalles que conviene tener controlados para no perder tiempo. Deberás acudir a una Jefatura de Tráfico para darlo de baja en el Registro español de vehículos, salvo que lo hagas por vía telemática.
La DGT ofrece canales como registro electrónico, la app miDGT, asistencia por teléfono y atención presencial.
Requisitos previos que pueden bloquear el trámite
Antes de que comiences con el proceso, te recomendamos revisar los siguientes dos aspectos:
- Precinto judicial o administrativo: si existe, no podrás tramitar la baja hasta cancelarlo.
- Limitación de disposición / reserva de dominio: si el coche se financió, puede existir una carga inscrita en el Registro de Bienes Muebles. La DGT indica que debes cancelarla o aportar el consentimiento expreso de la financiera.
Este punto es especialmente importante si compraste el coche hace años y “das por hecho” que está libre. Vale la pena comprobarlo antes de pedir cita o iniciar el trámite online.
Documentación y tasa (lo que sí o sí te van a pedir)
En general, la DGT recoge estos básicos para la baja por traslado:
- Solicitud en impreso oficial (si vas presencial).
- Identificación del interesado.
- Pago de la tasa 4.1 (8,67 €), con una excepción relevante: si el vehículo tiene 15 años o más desde su matriculación en España, no se paga importe.
- ITV en vigor si el destino no es UE y el vehículo tiene más de cuatro años.
- Si es un vehículo agrícola, baja en el ROMA.
- Si eres propietario pero no titular, documentación que acredite la propiedad (contrato/factura) y firmas cuando corresponda.

¿Cómo lo llevo al extranjero si ya está de baja?
Esta es una de las preguntas que más dudas genera y lo cierto es que tiene toda la lógica: si el coche ya está “fuera” del registro operativo en España, ¿cómo lo mueves?
La DGT da dos opciones muy concretas mientras no se tramita la nueva matriculación en el país de destino: matriculación temporal con placas verdes para poder seguir circulando o trasladarlo en grúa u otro medio alternativo.
Aquí el criterio práctico es bastante sencillo:
- Si vas a hacer el viaje por carretera con el coche, lo normal es usar matrícula temporal.
- Si el coche no está en condiciones, no quieres complicarte o te falta documentación, grúa.
Y un recordatorio importante si el destino no es UE: tras la baja, la DGT indica que el vehículo debe salir de España en 90 días (en los supuestos que menciona) o se rehabilitará de oficio.
¿Qué cambia si vas a la UE o fuera de la UE?
Aunque el trámite base sea “baja por traslado”, el contexto cambia bastante según destino. Si vas dentro de la UE, el foco suele estar en la residencia y en completar la matriculación allí con tus papeles españoles. La DGT menciona ese marco de plazos vinculado a la residencia, que te sirve como referencia para planificar.
Si vas fuera de la UE, además de la ITV en vigor cuando aplique, entra en juego la lógica de exportación, con controles adicionales y con la necesidad de planificar bien tiempos y documentación. En ese caso, merece la pena revisar con antelación los requisitos de aduanas del país de destino y las gestiones que te puedan pedir para aceptar la importación del vehículo, porque eso no lo resuelve Tráfico por ti.
Escenarios comunes y lo que debes hacer en cada uno
Lo cierto es que hay distintos escenarios o casos que pueden ser solucionados muy fácilmente si se encajan bien desde el inicio:
Me voy de vacaciones o una temporada y vuelvo
En general, no necesitas tramitar una baja. La DGT lo contempla expresamente para vacaciones. En estos casos, la atención suele estar en llevar documentación, cumplir normas del país al que vas y evitar quedarte sin cobertura si cruzas fronteras.
Cambio de residencia y quiero matricularlo allí
Aquí lo mejor es tramitar la baja por traslado para poder matricularlo en el nuevo país. Si es UE, suele hablarse de tránsito comunitario; si es fuera de la UE, exportación, con especial cuidado a ITV y plazos en los supuestos que indica la DGT.
Lo vendo en el extranjero
Lo importante es que el coche quede correctamente “cerrado” en España y que no te persigan después multas, impuestos o responsabilidades por problemas de titularidad. En otro contexto, la importancia de que la titularidad esté bien actualizada en el Registro para evitar responsabilidades que acaben cayendo sobre quien todavía figura como titular.
Impuesto de circulación y otros efectos prácticos en España
Mientras el vehículo esté de alta, aunque no se use, se paga el impuesto en el ayuntamiento correspondiente. También aclara que el impuesto se genera cada 1 de enero y que recomienda dar de baja antes de que acabe el año para evitar nuevos devengos. Y, además, indica que no tienes que comunicar la baja al ayuntamiento porque la DGT se encarga.
Traducido a la realidad: si estás planificando el traslado cerca de fin de año, a veces compensa mover papeles con tiempo para no comerte un año entero de impuesto por un par de días.
Contrata un seguro durante el traslado: lo mínimo para no tener problemas
Mover un coche por carretera, aunque sea en un proceso de traslado, exige que lo hagas con sentido común y con la legalidad por delante. Los vehículos que ocupan la vía pública deben estar asegurados, incluso aunque no circulen.
Tu seguro de coche por días
desde sólo
Por eso, si vas a llevarlo conduciendo hasta el país de destino (por ejemplo, con matrícula temporal), lo sensato es que tengas una cobertura que encaje con esos días reales de trayecto y con los países por los que vas a pasar.
En Tres Mares, según tu caso, tenemos tres opciones que te pueden ser de gran utilidad:
- Un seguro por días para coche si lo que necesitas es cubrir un periodo corto y muy concreto (traslado, trámite puntual o uso temporal).
- Y si lo que buscas es protegerte todo el año (o plantear un cambio de póliza al volver), tienes la opción de revisar las modalidades de seguros de coche y ajustar coberturas a tu uso real
Si tu plan es trasladar un vehículo español al extranjero, tener todo el proceso ordenado te puede ayudar a ahorrar muchos problemas: primero confirma los requisitos del país de destino, después tramita la baja correcta (UE o fuera de la UE), y por último decide cómo mueves tu vehículo (matrícula temporal o grúa). Lo cierto es que esta es la lógica que sigue la DGT sigue, por lo que seguirla te puede ahorrar muchos problemas.