¿Qué es y para qué sirve el seguro de asistencia legal?

Carlos Calderón · 14 Sep 2022

Si alguna vez te enfrentas a un conflicto legal, una reclamación por una compra, un problema laboral, un accidente de tráfico o a un desacuerdo con el casero, lo que más necesitas es apoyo experto y gastos bajo control. Ahí entra el seguro de defensa jurídica: una póliza pensada para cubrir los costes legales (abogado, procurador, peritos, tasas) y prestarte asistencia jurídica en procedimientos judiciales, administrativos o arbitrales dentro de los límites de la póliza.

En Tres Mares trabajamos a diario este tipo de coberturas con las principales aseguradoras del mercado. Lo vemos a menudo: la diferencia entre tener a quién llamar y saber qué hacer o quedarse bloqueado está en contar con un equipo y una póliza bien elegida. Por eso, en esta guía te explicamos qué cubre un seguro de defensa jurídica, en qué se diferencia de la asistencia legal, cuánto suele costar y cómo elegirlo según tu caso (coche, hogar o autónomos).

¿Defensa jurídica o asistencia legal? No es lo mismo

A veces se confunden ambos conceptos, así que vamos a explicar de forma clara cada uno:

  • El seguro de asistencia legal brinda al beneficiario una herramienta de guía y asesoramiento completos a la hora de gestionar distintos conflictos legales, aunque hay que tener siempre en cuenta que esto no significa que vayamos a tener un abogado a nuestro servicio para defendernos ni que nuestros gastos jurídicos estén cubiertos. Como decimos, la asistencia legal es orientación y gestiones rápidas (multas, consultas, trámites sencillos).
  • La defensa jurídica va más allá, ya que cubre la defensa y la reclamación en juicios, asume gastos judiciales y honorarios profesionales hasta los límites fijados en la póliza. Dicho claro: si prevés procedimientos de fondo, te interesa la defensa jurídica.

¿Qué incluye el seguro de asistencia legal?

El seguro de asistencia legal suele incluir:

  1. Información y asesoramiento sin límite, acerca de una amplísima variedad de temas y, en ocasiones, con disponibilidad las 24 horas del día.
  2. Asesoramiento extrajudicial en caso de que nos veamos envueltos en un proceso judicial – aunque no cubre los gastos del litigio

Ten en cuenta que para obtener defensa laboral y jurídica suele exigirse el pago de una prima extra. Saber cuáles son las principales diferencias te ayudará a elegir un producto que realmente te protege en pleitos y reclamaciones: el seguro de defensa jurídica.

¿Qué cubre un seguro de defensa jurídica?

Antes de entrar en la lista, una idea clave: no todas las pólizas son idénticas. Cambian los límites, las exclusiones y el alcance (extrajudicial/judicial). Aun así, hay coberturas habituales que, bien combinadas, te dan una protección sólida para tu día a día. Además, en España tienes reconocido el derecho a la libre elección de abogado cuando interviene el seguro de defensa jurídica (te lo detallamos más abajo), lo que aporta independencia y tranquilidad en situaciones sensibles.

  • Gastos de abogado y procurador: cuando el caso entra en vía judicial o administrativa, dentro de los límites pactados. También puede incluir peritos, tasas, costas e incluso fianzas penales según condiciones.
  • Reclamación de daños: (por ejemplo, como perjudicado en un accidente) y defensa penal del asegurado cuando proceda.
  • Asesoramiento y gestiones extrajudiciales: para intentar resolver el conflicto antes de ir a juicio, cuando la póliza lo contempla.
  • En seguros de vehículo, suele añadirse protección jurídica específica (defensa ante infracciones, reclamación de daños, asistencia legal telefónica). En Tres Mares, nuestro seguro por días para coches incluye protección jurídica entre sus coberturas principales, ideal si necesitas defensa durante un periodo corto.

Derecho a libre elección de abogado: la normativa y las buenas prácticas de la DGSFP recogen que el asegurado puede elegir abogado libremente cuando se acude a procedimiento judicial/administrativo, y también desde la fase extrajudicial si hay conflicto de interés (por ejemplo, cuando la misma entidad asegura a ambas partes).

¿Qué no cubre?

Hay exclusiones que conviene tener clarísimas. El art. 76.b de la Ley de Contrato de Seguro excluye el pago de multas y cualquier gasto originado por sanciones impuestas por autoridades administrativas o judiciales, y la defensa jurídica y laboral solo estará disponible bajo pago de un sobrecoste determinado por la compañía aseguradora. Si alguien te promete “la póliza que paga las sanciones”, desconfía.

qué cubre un seguro de defensa jurídica

¿Cómo elegir bien tu póliza? Consejos prácticos

Elegir defensa jurídica no es contratar “un teléfono de abogados”. Es blindar tu bolsillo y tus decisiones cuando hay conflicto. Para que aciertes:

  1. Empieza por tus escenarios reales. ¿Conduces mucho? ¿Tu actividad como autónomo implica contratos/licitaciones? ¿Has tenido reclamaciones como consumidor? Eso define dónde quieres la póliza más fuerte.
  2. Pide la suma asegurada “con sentido”. Si sueles necesitar libre elección, rechaza sumas simbólicas: la DGSFP insiste en que debe ser suficiente para el ejercicio efectivo de tus derechos.
  3. Confirma el criterio de viabilidad. Muchas pólizas prevén que la aseguradora valore si la reclamación es inviable o temeraria; si lo deniegan, deben justificarlo y explicar opciones (libre elección, reembolso si ganas). Es una buena práctica supervisada.
  4. Revisa exclusiones clave. Multas y sanciones no se cubren (art. 76.b). Evita malentendidos.
  5. Integra con tus otros seguros. En coche y hogar, la defensa jurídica puede venir incluida; compara si te interesa una póliza específica o ampliar límites en tu multirriesgo.
  6. Para conductores ocasionales, considera nuestro seguro por días para coches: cobertura temporal con protección jurídica y contratación 100% online en minutos.

En Tres Mares lo vemos a diario: cuando un cliente llega con un “me han puesto una demanda” o “me deben dinero y no me pagan”, la póliza adecuada acorta plazos, ordena el proceso y reduce el coste final. Esa es la diferencia entre “a ver qué pasa” y “vamos a resolverlo”.

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