Multas por circular sin seguro: lo que debes saber antes de arriesgarte

Carlos Calderón · 28 Ago 2025

Si estás dudando entre mover el coche “solo un momento” pese a tener la póliza caducada, para aquí. En España la obligación de asegurar cualquier vehículo con estacionamiento habitual en el país es clara, aunque esté aparcado y no circule. Las multas por circular sin seguro son elevadas, el coche puede acabar inmovilizado y, si hay un siniestro, los costes pueden ser muy altos. En Tres Mares lo vemos a diario: la mayoría de sanciones por falta de póliza se podrían evitar con soluciones rápidas como el seguro por días coche.

¿Qué dice la ley en España?

La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que todo propietario debe suscribir y mantener en vigor un seguro que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil obligatoria. El incumplimiento permite a la Administración prohibir la circulación, precintar o depositar el vehículo y sancionar económicamente. La retirada/precinto es de 1 mes; 3 meses si reincides; y 1 año si quebrantas el depósito, levantándose solo cuando acredites que el vehículo está asegurado.

La DGT lo resume de forma muy directa: todos los vehículos que ocupan la vía pública deben estar asegurados, incluso si están estacionados. Además, indica importes orientativos para turismos: 800€ si está estacionado y 1.500€ si circula.

En Tres Mares insistimos en este punto cuando asesoramos a conductores que “solo iban a moverlo a la ITV”: la ley no distingue excusas, solo comprueba si hay cobertura activa.

Sanciones por circular sin seguro: importes y matices

La sanción por circular sin seguro España se gradúa por varios factores (si circulaba o no, categoría, servicio, duración del incumplimiento, reiteración). El marco legal fija una horquilla de 601 a 3.005€. Todo ello, además del depósito/precinto comentado y la prohibición de circular hasta contratar el seguro.

Como referencia práctica, la DGT difunde esas cuantías habituales para turismos (800 €/1.500€ según si está estacionado o circula) y recuerda que se puede inmovilizar el vehículo en el acto si no consta póliza en vigor.

En nuestra correduría, cuando un cliente nos llega con una propuesta de sanción por “olvido”, revisamos de inmediato si puede acreditarse cobertura (recibo al día o alta efectiva) y, si no, activamos soluciones rápidas para cortar el riesgo y los gastos de depósito.

Consecuencias de circular sin seguro si hay accidente

Si causas un siniestro sin póliza, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemniza a las víctimas dentro de los límites del seguro obligatorio… pero después ejercerá el derecho de repetición contra el propietario y/o conductor para recuperar lo pagado. En otras palabras: terminas pagando tú. Esta repetición está prevista de forma expresa en la LRCSCVM (art. 10 y art. 11).

Hemos visto reclamaciones que suman desde daños materiales moderados hasta importes muy altos por lesiones. Por eso, evitar “quedarte a cero días” de seguro no es un detalle: es tu mayor protección financiera.

sanción circular sin seguro coche

¿Cómo te detectan? (y cómo acreditas que estás al día)

Los agentes comprueban la vigencia del seguro en tiempo real consultando el FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados). Si no apareces, te pedirán acreditación. La norma admite como prueba el justificante de pago de la prima del periodo en curso (con datos mínimos: entidad, matrícula, periodo y mención al seguro obligatorio).

La DGT confirma que, en controles rutinarios (alcohol, velocidad, documentación…), se verifica el seguro y, si no existe, pueden inmovilizar el coche.

En Tres Mares, cuando activamos un seguro urgente, te facilitamos de inmediato la documentación válida para acreditar la cobertura mientras se actualiza el FIVA.

¿Y si no uso el coche?

Si el vehículo está de baja (temporal o definitiva) y fuera de la vía pública, no existe obligación de asegurar. Si no lo vas a usar en un tiempo, tramitar la baja temporal evita riesgos y sanciones mientras está inmovilizado fuera de la calle.

Alternativa rápida y legal: seguro por días coche

Cuando solo necesitas el coche de forma puntual (un fin de semana, un viaje, un traslado a la ITV, recogerlo del taller…), el seguro temporal para coche es la forma más sencilla de cumplir la ley y evitar una sanción circular sin seguro coche.

En nuestro día a día, muchos conductores resuelven “el apuro” con un seguro por días mientras deciden su póliza anual. El proceso es digital, rápido y con la cobertura de responsabilidad civil obligatoria que exige la ley para circular. (Y si después quieres convertirlo en anual, te guiamos para no pagar de más).

¿Cuándo conviene un seguro temporal y cuándo una baja?

Antes de listar casos, una idea clave: el seguro por días está pensado para usos puntuales con circulación efectiva; la baja temporal aplica cuando no vas a usar ni estacionar en la vía pública.

Ejemplos en los que encaja el seguro por días coche:

  • Traslado del coche desde un garaje privado a la ITV y vuelta el mismo día.
  • Viaje corto en vacaciones con un segundo coche de la familia que no usas a diario.
  • Compra-venta entre particulares hasta que formalices tu póliza anual.

Ejemplos en los que conviene tramitar una baja temporal:

  • Vehículo parado meses por reforma, avería importante o proyecto de restauración.
  • Coche que vas a guardar en finca privada sin moverlo ni estacionarlo en la calle.

(Recuerda: si el coche está en la vía pública, debe tener seguro en vigor, circule o no).

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Circular sin póliza es jugar con fuego: multa alta, inmovilización y un riesgo económico serio si hay un siniestro. Si solo necesitas el coche puntualmente, usa una solución legal, rápida y asequible: el seguro temporal coche. En Tres Mares te lo ponemos fácil y 100% digital para que evites sanciones y salgas a carretera tranquilo.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden sancionar si el coche está aparcado sin seguro?

Sí. Para un turismo, la DGT señala 800 € si está estacionado; 1.500 € si circula. Además, pueden inmovilizar el vehículo hasta que contrates el seguro.

¿Cuál es la multa “oficial”?

La LRCSCVM fija una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 €, graduada según circunstancias (circulación, categoría, duración del incumplimiento, reiteración…), y habilita el depósito/precinto del vehículo.

¿Cómo comprueba la policía que tengo seguro?

Consultan el FIVA. Si aún no aparece tu póliza (por ejemplo, la acabas de contratar) puedes acreditar la vigencia con el justificante de pago del periodo en curso con los datos obligatorios.

Si causo un accidente sin seguro, ¿quién paga?

El Consorcio abona a las víctimas y luego te reclama a ti (propietario/conductor) todo lo pagado, dentro de los límites legales. Es el derecho de repetición previsto en los arts. 10 y 11 de la LRCSCVM.

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