¿A quién reclamo si se inunda mi casa?
Cuando una inundación te golpea en casa, cada minuto cuenta. Entre achicar agua, salvar objetos y hablar con vecinos, es normal que surja la gran duda: ¿a quién presento la reclamación: a mi aseguradora o al Consorcio de Compensación de Seguros? En esta guía te explico, con pasos accionables y respaldo legal, a quién reclamar una inundación de vivienda según el origen del agua, cómo reclamar daños por agua con orden y qué plazos te protegen para no perder cobertura ni dinero.
Identifica primero el origen del agua (clave para no equivocarte)
En cuanto a quién reclamar si se inunda nuestra casa, tendremos que tener en cuenta la procedencia del agua:
- Si hablamos de inundación extraordinaria (por ejemplo, anegamiento del terreno por desbordamiento de ríos o embate de mar), estamos en el terreno del Consorcio de Compensación de Seguros. La normativa lo define así: “el anegamiento del terreno producido por aguas de lluvia, deshielo o desbordamiento de ríos/rías, así como embates de mar”; no lo es el agua de lluvia que cae directamente sobre tu tejado o se filtra por cubierta/red de desagüe (eso es riesgo ordinario de tu póliza de hogar).
- Si el agua procede de roturas de tuberías, filtraciones por cubierta, fugas de electrodomésticos o lluvia directa que entra por la azotea/terraza, lo normal es tramitar a través de ti seguro de hogar, de acuerdo con las coberturas de daños por agua de tu póliza.
Es decir, el riesgo extraordinario (ríos/embate de mar/anegamiento) se reclama ante el Consorcio; las averías internas/lluvia directa/filtraciones se reclaman ante tu aseguradora.
¿A quién reclamo según el caso?
Ahora vamos a aclarar de forma clara a quién deberías de llamar en cada escenario para asegurarnos de que salgas de dudas:
Cuando procede tu seguro de hogar
Si el siniestro encaja en daños por agua ordinarios, la tramitación es con tu seguro de hogar. Revisa las condiciones de la póliza (posibles exclusiones por falta de mantenimiento o negligencia, como dejar ventanas abiertas) y comunica el siniestro en 7 días desde que lo conoces (art. 16 LCS). La compañía debe abonarte un pago mínimo en 40 días desde tu declaración (art. 18 LCS).
Aquí encaja de forma natural la búsqueda “inundación en casa seguro” y “reclamar inundación en seguro hogar”: en ambos casos, hablamos de póliza privada y de sus coberturas ordinarias.
Cuando procede el Consorcio de Compensación de Seguros
Reclama al Consorcio si se trata de inundación extraordinaria, por ejemplo, embate de mar o desbordamiento que cause anegamiento del terreno. Atento a dos matices clave:
- Carencia de 7 días: la póliza (con su recargo Consorcio) debe estar en vigor al menos 7 días naturales antes del siniestro (con excepciones en reemplazos/renovaciones sin interrupción).
- Franquicia: el CCS aplica franquicia del 7% en daños materiales… pero no la aplica a viviendas ni a comunidades de propietarios (ni a vehículos con póliza de daños propios).
No necesitas que declaren “zona catastrófica” para iniciar la reclamación ante el Consorcio si se trata de riesgo extraordinario y cumples los requisitos.
Es importante que, sin importar a quién reclamemos, hagamos un inventario de todos los desperfectos, incluyendo fotografías, y que procuremos conservar todo aquello que podamos hasta que llegue el perito – obviamente, elementos perecederos como la comida no podremos conservarlos, pero sí un ordenador o un sofá dañados -. Si no hacemos esto, probablemente perderemos parte de la indemnización al no poder demostrar qué bienes hemos perdido a causa de la inundación de nuestra casa.

Cómo reclamar daños por agua
Antes de listar, una recomendación: sé metódico. Cuando reclamas con prisa y sin pruebas, los peritajes se complican y la indemnización se resiente. Si actúas en el siguiente orden, tu expediente “respira”: se ve claro qué pasó, cuánto se dañó y por qué te corresponde cobertura.
- Seguridad y mitigación. Corta electricidad si hay riesgo, cierra la llave de paso si procede y evita daños mayores (la ley te obliga a aminorar consecuencias, art. 17 LCS). Guarda facturas de urgencias.
- Documenta desde el primer minuto. Fotos y vídeos con fecha (antes de mover nada), planos de estancia si los tienes, y detalle por habitaciones.
- Haz un inventario valorado. Lista objeto → estado → coste aproximado/valor. Incluye marcas, modelos y, si puedes, pruebas de compra.
- Conserva los bienes dañados hasta la peritación (salvo perecederos). Si debes desechar algo por salud o seguridad, fotografía y guarda factura de retirada.
- Comunica el siniestro en 7 días (aseguradora/Consorcio) y aporta información completa; para el seguro privado, apóyate en art. 16 LCS.
- Sigue el peritaje. Aporta accesos, facilidades y toda prueba adicional que te pidan.
- Solicita el “pago mínimo” si pasan 40 días desde tu declaración sin abono (art. 18 LCS).
Documentación recomendada
No basta con “decir qué pasó”; hay que probar. Preparar los documentos abrevia llamadas y evita idas y venidas. Normalmente te pedirán:
- Datos de póliza y recibo pagado vigente.
- DNI/NIE del titular.
- IBAN para transferencia.
- Descripción de daños + inventario valorado + fotos/vídeos.
- Presupuestos o facturas de urgencia/limpieza.
- Teléfono y correo de contacto.
Si vas por Consorcio, puedes solicitar e informarte por teléfono (900 222 665, L–V de 9:00 a 18:00) o tramitarlos online desde su web oficial.
Plazos y derechos que te protegen
- Comunicación del siniestro (7 días): tienes 7 días desde que conoces el siniestro para dar parte (salvo que tu póliza amplíe ese plazo). No comunicar en 7 días no anula la cobertura por sí mismo, pero puede permitir a la aseguradora reclamar perjuicios si los hubiera (art. 16 LCS).
- Pago mínimo (40 días): la aseguradora debe abonar un importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los 40 días desde la declaración del siniestro (art. 18 LCS).
- Carencia CCS (7 días antes del evento): si reclamas por consorcio seguros por inundaciones, la póliza debe tener al menos 7 días de antigüedad (con excepciones por renovación sin interrupción).
- Franquicia CCS: no se aplica franquicia en viviendas ni comunidades (y tampoco en vehículos con daños propios). Para el resto de daños materiales, el CCS aplica 7%.
Errores comunes
Antes de enumerarlos, ten presente algo decisivo para cómo reclamar daños por agua: las pruebas. Un buen inventario y fotos fechadas valen oro; sin ellos, todo depende de memoria y estimaciones.
- Confundir el origen del agua. Si fue lluvia directa/filtración por cubierta, no es inundación extraordinaria a efectos del CCS; intenta por tu seguro de hogar. Si hubo anegamiento por desbordamiento o embate de mar, sí es CCS.
- Dar parte tarde o incompleto. Aunque la ley te da 7 días, cuanto antes declares (y mejor documentado), más ágil será la peritación.
- Desechar objetos sin fotografiar. Conservar, etiquetar y fotografiar evita infravaloraciones.
- No reclamar “pago mínimo” pasado el día 40 (si procede). Es tu derecho.
Si el coche también se vio afectado… o necesitas movilidad temporal
Tras una inundación doméstica, no es raro que tu coche también sufra daños o que te quedes sin vehículo mientras reparan la vivienda. En ese caso, puedes valorar un producto flexible y sin permanencias como el seguro por días para coches: una solución rápida y legal para moverte durante obras o trámites, sin cambiar tu póliza principal.
Ya sabes a quién reclamar una inundación de vivienda, pero… ¿cuentas con la protección adecuada?
Ten en cuenta que una vez realizada la reclamación por inundación de la vivienda y conforme al artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro de 1980, “el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas”. Por lo que, como ves, aunque es imprescindible que conozcas tus obligaciones, también es fundamental que seas consciente de tus derechos.

Nuestros expertos en seguro de hogar para inundación podrán explicarte cuáles son todos tus derechos y obligaciones como titular de una póliza de seguro de hogar, así como revisar tu actual póliza de seguro de hogar y analizar si las coberturas que comprende son o no las que más te convienen. Consulta sin compromiso a nuestros expertos en seguro de hogar y obtén el seguro de hogar que realmente se adapta a tus circunstancias concretas y que evitará que circunstancias como que se inunde tu casa sean aún más problemáticas de lo que en principio ya son.