Si se va la luz y mi congelador estaba lleno, ¿recibiré indemnización por las pérdidas?

Carlos Calderón · · Actualizado:

Si hubo un apagón y tenías el congelador lleno, seguramente te estas preguntando sobre la indemnización por comida del congelador. Bueno, los primeros detalles que debes de tener en cuenta son: cuánto duró el corte y si el congelador (y la nevera) se mantuvieron cerrados. Como referencia de seguridad alimentaria, las autoridades sanitarias indican que un frigorífico puede mantener los alimentos por debajo de 5ºC hasta unas 4 horas si no abres la puerta, y que un congelador puede aguantar 24–48 horas sin perder la temperatura de congelación si lo mantienes cerrado. A partir de ahí, ya decides qué se salva, qué se tira y qué puedes reclamar con sentido.

Bueno, pues la parte económica funciona igual: tu seguro de hogar puede indemnizar la pérdida de alimentos si tu póliza incluye una garantía específica (a veces aparece como “alimentos en frigorífico y congelador” o similar) y si el origen del problema encaja con lo que cubre (por ejemplo, interrupción del suministro, una avería del aparato o un daño eléctrico). Esa es la pieza que suele faltar cuando solo se habla de subida de tensión o fugas del sistema de refrigeración.

¿Existe alguna indemnización por comida del congelador tras un apagón?

Si el corte fue corto y no abriste puertas, es posible que no tengas pérdida real (o sea mínima). Si el corte se alargó, la prioridad pasa a ser seguridad (no consumir alimentos dudosos) y pruebas (documentar antes de tirar). La autoridad sanitaria recomienda no “probar para ver si está bien”, porque el olor o el aspecto no garantizan seguridad.

En lo económico, hay tres escenarios habituales:

  • El alimento se pierde por una causa contemplada en tu póliza y reclamas al seguro
  • No existe esa garantía y no hay indemnización por alimentos
  • Además del seguro (o en paralelo) intentas una reclamación por daños frente al responsable del suministro si procede.

Para no darte un disgusto, lo más realista es asumir que la indemnización, si existe, suele estar limitada a un sublímite y sujeta a condiciones.

¿Qué cubre el seguro de hogar cuando hay pérdida de alimentos?

La pérdida de alimentos seguro hogar no es automática por el mero hecho de que se vaya la luz. Normalmente se activa si tu póliza incluye una garantía específica para el contenido refrigerado o congelado y si se cumple lo que define como causa indemnizable. En Tres Mares lo vemos a diario: dos casos que parecen iguales por fuera (misma comida perdida, mismo corte) pueden resolverse distinto por un detalle de condicionado.

Para que lo tengas claro, estas son las causas que suelen aparecer en pólizas que sí contemplan la pérdida de alimentos, siempre con matices según contrato:

Interrupción del suministro eléctrico: apagón / corte de suministro pérdida de alimentos

Este es el supuesto que la gente pregunta de forma natural. Interrupción del suministro significa que no falló tu congelador por “viejo”, sino que se fue la electricidad (apagón, avería de red, incidencia general). Cuando esta causa está contemplada, el seguro suele pedir que acredites el hecho (hora aproximada, zona afectada, aviso de la compañía, incidencias registradas) y que justifiques qué se perdió.

En la práctica, lo más importante es que puedas demostrar que hubo pérdida y que actuaste de forma razonable para evitar que fuera a más.

Subida de tensión o daño eléctrico

A veces el problema no es que “no hubiera luz”, sino que volvió con una oscilación y el aparato quedó tocado. En esos casos puedes tener dos daños: la avería del electrodoméstico y, como consecuencia, el alimento perdido. Algunas garantías de alimentos se activan precisamente cuando hay una incidencia eléctrica que deja el equipo sin capacidad de enfriar.

Avería del sistema de refrigeración o fallo del aparato

También puede pasar que coincida en el tiempo, pero el origen sea interno (por ejemplo, fallo del compresor o del circuito refrigerante). Hay pólizas que contemplan el alimento perdido cuando el aparato se estropea de forma imprevista. Aquí la peritación suele ser más relevante, porque hay que separar “apagón” de “avería propia”.

seguro hogar pérdida de alimentos congelador

Cobertura de alimentos frigoríficos y congeladores

Esta cobertura de alimentos frigoríficos y congeladores, con la que puedes contar en tu seguro de hogar, cubre hasta un límite el valor de los productos perdidos (que dejan de ser aptos para el consumo) cuando se haya producido una subida de tensión o una pérdida de gas.

Es muy común que las compañías aseguradoras ya acepten únicamente la evaluación de daños y el coste de la reparación procedentes de personal enviado por ellos mismos, por lo que también te recomendamos que contactes con tu compañía aseguradora en cuanto hayas detectado la avería para que puedan ser quienes, desde origen, la traten.

La cobertura de alimentos frigoríficos y congeladores, con la que puedes contar en tu seguro de hogar, cubre hasta un límite el valor de los productos perdidos. 

Es muy importante leer el detalle de esta cobertura de alimentos frigoríficos y congeladores, ya que su alcance varía de una compañía a otra, así como las circunstancias contempladas como causas indemnizables.

Como ves, hay averías muy comunes que pueden provocar pérdidas de cierto valor en nuestro hogar que es sencillo evitar. No dejes de consultarnos sin compromiso sobre nuestra oferta en seguros de hogar y todas las coberturas de las que puedes beneficiarte.

Qué hacer durante el apagón para evitar sustos y para poder reclamar

En un corte de luz, el “truco” no es hacer magia con la comida. Es ganar tiempo manteniendo el frío y, a la vez, preparar el terreno si luego necesitas demostrar la pérdida. Si actúas con calma, normalmente reduces mucho el daño, sobre todo en congeladores llenos. Y si al final hay pérdida, tendrás un relato sólido y verificable de lo ocurrido.

  1. No abras el congelador ni la nevera salvo que sea imprescindible. El tiempo de conservación que se suele manejar (24–48 horas en congelador, 4 horas en nevera) presupone puertas cerradas.
  2. Apunta horas: cuándo se fue la luz y cuándo volvió (aunque sea aproximado). Si tienes avisos de incidencia o confirmación del corte en tu zona, guárdalo.
  3. Evita mover alimentos a lo loco. Si abres, entra aire templado y pierdes “reserva de frío”.
  4. Si tienes un termómetro de nevera/congelador, úsalo al volver la luz. Si no, evalúa por estado: cristales de hielo, dureza y sensación de frío.

Una situación muy típica es la de quien abre el arcón “solo un momento” para comprobar. Ese gesto, repetido varias veces, puede ser la diferencia entre que aguante más de un día o que en pocas horas empiece a descongelar por completo.

¿Qué alimentos tirar y cuáles podrían salvarse?

La autoridad sanitaria recomienda no fiarte del olor ni del aspecto y revisar alimento por alimento. En nevera, el umbral práctico está en esas 4 horas: por encima, los perecederos (carne, pescado, huevos, lácteos frescos, sobras) son los que más riesgo tienen y a menudo hay que desecharlos.

En congelador, si los alimentos no se han descongelado del todo y mantienen cristales de hielo, dureza y sensación de frío, podrían volver a congelarse. Si ya están completamente descongelados y no tienes claro cuánto tiempo han estado así, lo prudente es descartarlos, sobre todo si ya no están fríos.

Cómo demostrar la pérdida para el seguro sin complicarte

Para que un seguro hogar pérdida de alimentos congelador se tramite bien, hay que pensar como perito sin volverse loco. Lo básico es probar preexistencia y probar pérdida, y hacerlo antes de tirar. En Tres Mares solemos recomendar empezar por fotos claras de los alimentos afectados, precisamente para acreditar que estaban allí y en qué estado quedaron.

Qué suele ayudarte más:

  • Fotos y vídeo: interior del congelador, alimentos afectados, y, si es posible, un plano general del aparato.
  • Listado simple de lo perdido (tipo de producto, cantidad aproximada).
  • Tickets o justificantes si los tienes, sin obsesionarte. Si no los tienes, al menos un inventario razonable.
  • Prueba del corte: hora aproximada, confirmación de incidencia, vecinos afectados, etc.

Importante: contacta cuanto antes para que te indiquen el procedimiento. Es frecuente que la compañía prefiera gestionar reparación y verificación con personal propio, así que avisar temprano evita idas y vueltas.

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¿Reclamo al seguro o a la eléctrica?

El camino “más directo” para comida perdida suele ser el seguro, si tienes la garantía. Lo de la eléctrica existe, pero no siempre compensa por tiempos y por el tipo de compensación.

Por un lado, la normativa del sector eléctrico contempla descuentos en la facturación cuando se incumplen niveles de calidad de continuidad del suministro, con topes y fórmulas concretas, y también deja abierta la posibilidad de reclamar daños por vía civil si corresponde.

Por otro lado, conviene no confundirlo con el Consorcio. Aunque el apagón tenga detrás una causa “grande”, el reglamento de riesgos extraordinarios deja claro que no quedan cubiertas por esa vía las pérdidas por corte o alteración del suministro exterior de energía eléctrica, entre otras pérdidas indirectas.

Si tienes garantía de alimentos en tu póliza, lo habitual es:

  • Abrir parte con tu seguro y seguir sus instrucciones.
  • Conservar pruebas mínimas.
  • Valorar, aparte, si procede una reclamación adicional por daños frente al suministro en casos claros y documentables.

Plazos que te interesa respetar para no perder derechos

Los plazos importan más de lo que parece, incluso en siniestros “pequeños”. La Ley del Contrato de Seguro establece como regla general que debes comunicar el siniestro en un máximo de siete días desde que lo conoces, salvo que tu póliza amplíe ese plazo.

También hay un deber práctico: usar medios a tu alcance para aminorar las consecuencias. Traducido a este caso, cerrar puertas, no manipular en exceso y actuar con sentido común.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si solo se estropeó “algo” del congelador?

Puede ocurrir. Si la parte del congelador mantuvo cristales de hielo y firmeza, a veces se salva, mientras que lo más expuesto (zona de puerta o cajones superiores) se pierde antes. Evalúa por estado, no por “sensación”.

¿Me van a pedir tickets de todo?

No siempre. Ayudan, pero no son el único medio. Fotos, inventario razonable y coherencia con el tipo de compra suelen ser más determinantes que perseguir recibos imposibles. Lo importante es que lo declarado tenga lógica y sea verificable.

¿Puedo volver a congelar si ya está descongelado?

Solo si no se ha descongelado completamente y mantiene señales de congelación (cristales de hielo y dureza). Si no lo tienes claro, descarta, especialmente si ya no está frío.

¿Cuándo suele haber indemnización y cuándo no?

Hay indemnización cuando tu póliza incluye la garantía y el origen encaja con lo que cubre. Y suele no haberla cuando la póliza no contempla esa garantía o cuando el origen es una exclusión específica del condicionado. Por eso es tan importante revisar el detalle antes de dar por hecho nada.

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