He vendido el coche: ¿cuándo cancelo el seguro?

Carlos Calderón · · Actualizado:

Vender un coche suele sentirse como “listo, ya está”: firmas, entregas llaves y te vas con el tema cerrado. Sin embargo, con el seguro no siempre termina ahí, porque la póliza puede seguir activa, aunque el coche ya no sea tuyo, y eso es justo lo que provoca renovaciones automáticas, cargos inesperados o incluso notificaciones que siguen llegando.

La duda típica es muy concreta: ¿qué va primero, la DGT o la aseguradora? Y la respuesta, para evitar sustos, casi siempre es la misma: primero dejas constancia de la venta en Tráfico y, después, ajustas o cancelas la póliza con la aseguradora, con pruebas en la mano.

Si te estás preguntando “vender coche qué pasa con el seguro”, debes de tener en cuenta que no es solo “cancelar”, es hacerlo en el momento correcto, para no quedarte sin cobertura cuando todavía puedes aparecer como responsable a efectos prácticos y, al mismo tiempo, para que no te renueven o cobren algo que ya no te corresponde.

Antes de tocar la póliza: notifica la venta

Antes de llamar a la aseguradora, conviene que tengas claro un punto: hasta que la titularidad se actualiza, el coche puede seguir figurando a tu nombre en registros. Por eso, Tráfico insiste en que, tras firmar la compraventa, el comprador debe hacer el cambio de titularidad en un plazo máximo de 30 días, y tú, como vendedor, puedes (y suele convenir) notificar la venta para dejar constancia y reducir el riesgo de que sigan asociándote gestiones o sanciones.

El error que más se repite: cancelar el seguro demasiado pronto

Cancelar “por si acaso” el mismo día de la venta puede salir caro si todavía falta algún paso formal o si el coche se mueve para entrega, traslado o gestión. No se trata de meter miedo: se trata de evitar un vacío de cobertura justo en ese tramo donde, por timings administrativos, aún puede haber fricción. La recomendación sensata es atar primero el justificante de venta/notificación y, con eso, pasar al siguiente paso con la aseguradora.

traspasar seguro a otro coche

La línea de tiempo que realmente funciona sin complicaciones al vender un coche

Si lo que quieres es un “orden de operaciones” claro, piensa en esto como un pequeño guion: primero dejas evidencia oficial de la venta, luego decides qué pasa con la póliza. Así reduces el riesgo de cargos, renovaciones y mensajes de “sorpresa” semanas después, cuando ya ni te acuerdas del tema.

  • Día de la venta: deja pruebas bien hechas. En el momento de firmar, asegúrate de salir con documentación sólida (no solo un “nos fiamos”). Un contrato claro y copias identificadas son tu cinturón de seguridad para el siguiente paso, porque es lo que te van a pedir si quieres mover la póliza o cancelarla sin discusiones.
  • Primeras 24–48 horas: notifica la venta cuanto antes. No es una obligación “de horas”, pero sí es una buena práctica: cuanto antes conste la venta, menos margen de líos. La DGT recuerda el marco general de compra/venta y el plazo de 30 días para cambio de titularidad, y la notificación de venta ayuda a que no se te queden “colgadas” gestiones a tu nombre.
  • Con justificante en mano: ahora sí, habla con la aseguradora. Aquí es donde ya tiene sentido decidir qué haces con tu póliza. Lo importante es que no improvises: elige una opción y pide confirmación por escrito de lo que se hará (baja, cambio de vehículo, traspaso, devolución proporcional, etc.). Si lo dejas “hablado”, el riesgo de que algo se renueve o se procese tarde sube muchísimo.

¿Qué opciones tienes con la póliza tras vender el coche?

Una vez la venta está bien encarrilada en Tráfico, normalmente tienes tres caminos. El mejor depende de si compras otro coche, de si al comprador le interesa continuar con esa póliza y de cómo esté configurado tu contrato (forma de pago, vencimiento, coberturas, etc.). Además, la Ley de Contrato de Seguro contempla qué ocurre cuando se transmite el objeto asegurado, y eso te da un marco claro para actuar con seguridad.

1) Cancelar el seguro por venta y solicitar devolución proporcional

Aquí aparece el concepto que muchas personas buscan (y que conviene llamar por su nombre): devolución prima no consumida / extorno seguro coche. En la práctica, significa intentar recuperar la parte del periodo que ya no corresponde porque el riesgo deja de existir para ti.

Ojo con el matiz importante: no siempre es automático, porque depende de lo pactado y de cómo se articule la cancelación. Ahora bien, la ley sí prevé que, si la aseguradora rescinde tras conocer la transmisión, debe restituir la parte de prima correspondiente a periodos en los que, por la rescisión, no haya soportado el riesgo.  Por eso, lo mejor que puedes hacer es aportar prueba de venta y pedir por escrito el cálculo o la respuesta formal.

2) Traspasar la póliza al comprador (si a ambos les conviene)

En algunos casos, comprador y vendedor prefieren mantener la continuidad del seguro durante la transición. La Ley de Contrato de Seguro regula la transmisión: el adquirente se subroga en derechos y obligaciones, y la aseguradora puede rescindir el contrato dentro de los 15 días desde que conoce la transmisión, con efectos y obligaciones concretas.

Esto quiere decir que se puede gestionar, pero conviene hacerlo bien, avisando y dejando constancia, porque no es un “cambio automático” sin condiciones.

3) Traspasar seguro a otro coche si compras uno nuevo

Si vendes porque ya tienes otro coche (o lo vas a tener en breve), muchas veces la solución más práctica es mantener tu póliza y adaptarla al nuevo vehículo. Esto evita empezar de cero y, sobre todo, reduce el riesgo de quedarte sin cobertura por un descuido de fechas.

En este punto, “traspasar seguro a otro coche” suele implicar revisión de datos (vehículo, uso, potencia, valor, garaje, conductor habitual…). No es burocracia por gusto: si cambian las características del riesgo, es normal que haya ajustes. Lo clave es que te confirmen desde qué fecha queda aplicado al nuevo coche y qué ocurre con el tramo intermedio.

devolución prima no consumida

Cómo evitar renovaciones automáticas y cargos inesperados

Aquí va una verdad incómoda: la mayoría de sustos no vienen por mala fe, sino por dejar el tema “para luego”. Muchas pólizas se prorrogan y, si no te opones a tiempo, te puedes encontrar un cargo cuando ya ni tienes el coche.

La Ley de Contrato de Seguro establece que puedes oponerte a la prórroga mediante notificación escrita con un plazo de al menos un mes antes de que termine el periodo en curso (y, si es el asegurador quien se opone, el plazo es de dos meses).
Esto es muy útil porque te da una regla clara: si estás cerca de vencimiento, no basta con “llamar”, lo prudente es dejarlo por escrito y con acuse.

En la práctica, lo que funciona es este combo:

  • Aviso por escrito (email o canal oficial) indicando que te opones a la prórroga.
  • Solicitud expresa de confirmación de baja/no renovación.
  • Verificación del vencimiento exacto y de si hay fraccionamiento de pago.

¿Cuándo tiene sentido un seguro por días como “puente” y cuándo no?

Este post no va de venderte un producto, sino de que cierres la venta sin líos. Aun así, hay escenarios muy concretos donde un seguro por días para coche puede ser una solución puntual: por ejemplo, si necesitas cubrir un traslado, una entrega o una prueba en un intervalo corto y no te conviene activar (o todavía no puedes activar) una póliza anual en ese momento.

Eso sí: hay una regla básica que conviene respetar. En seguros temporales, es habitual que se exija no tener ya un seguro vigente cubriendo el mismo riesgo, precisamente para evitar duplicidades y problemas de cobertura.
Por eso, antes de contratar algo temporal, lo sensato es revisar si tu póliza anterior sigue activa y desde cuándo necesitas realmente la cobertura.

Si estás en un caso de puente de días (prueba, traslado o entrega), lo importante es que el seguro temporal para coche empiece y termine donde lo necesitas, sin solaparse y sin dejar huecos tontos. Y si tienes dudas, se resuelven en dos minutos con un repaso de fechas y justificantes.

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La forma más segura de hacerlo, casi siempre, es sencilla: primero DGT, luego aseguradora, y todo por escrito. Así evitas el típico escenario de “me cobraron la renovación” o “me llegó una multa que no es mía” cuando ya creías que el tema estaba cerrado.

Si quieres, en Tres Mares te ayudamos a revisar tu caso con un checklist rápido: fechas, estado de la póliza, opción más lógica (cancelar, traspasar o pasar a otro coche) y, si te hace falta un puente puntual, ver si un formato temporal encaja de verdad sin duplicidades.

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